miércoles, 29 de agosto de 2012



Segregación de Alcóntar del municipio de Serón.  Deslinde y amojonamiento (1888-1889)

En la segunda mitad del siglo XIX y al amparo de La Ley Municipal de 20 de agosto de 1870 y la Real Orden de 26 de febrero de 1885, muchas aldeas y villas, agregadas a otros tantos municipios, verán una oportunidad para que, justificando determinadas exigencias, puedan convertirse en municipios constitucionales con Ayuntamiento propio, segregándose del municipio matriz.

A final de 1887 y al abrigo de estos preceptos, los vecinos de las Diputaciones de Alcóntar, Sahuco, Aldeire y parte de los vecinos de las Diputaciones de la Manaca y el Hijate, solicitan, ante la Diputación Provincial de Almería  (encargada de resolver y tutelar la formación de nuevos Ayuntamientos), la segregación del  municipio de Serón.


El artículo 5 de la Ley Municipal indica que “la segregación de parte de un término para constituir un Municipio independiente puede hacerse mediante acuerdo de la mayoría de los vecinos interesados y sin perjudicar intereses legítimos de otros pueblos”. La Real Orden de 26 de febrero de 1885 determina los documentos que deben ser adjuntados a todo expediente de segregación, y que, en nuestro caso, fueron los siguientes:

  1. Instancia suscrita por todos los vecinos que pidan la segregación. Debía ir acompañada por una certificación del Secretario del Ayuntamiento de Serón, D. Fermín Cobos Cano y visada por el alcalde, D. Antonio Corral Domene, donde  se hacía constar la vecindad de los firmantes.
  2. Certificación del Secretario del Ayuntamiento, visada por el alcalde, del número total de vecinos de Serón.
  3. Igual certificación respecto de la parte del término de Serón que se quiere segregar.
  4. Informes del Ayuntamiento de Serón  y de todos los pueblos limítrofes.
  5. Un croquis del terreno a segregar.
Aunque la solicitud como tal no se conserva (así me lo aseguran en los distintos archivos provinciales de Almería), en ella los vecinos debían argumentar las razones para la formación del nuevo Ayuntamiento con capitalidad en Alcóntar. Una de las razones tuvo que ser la distancia a Serón y la dificultad para que los concejales asistan a los plenos, especialmente en invierno, donde los caminos de acceso se ponen intransitables. Se argumentaría también la existencia de una iglesia parroquial (siglo XVIII)  y cementerio en Alcóntar  que evitaría molestias, en caso de incomunicación, a aquellas personas que para realizar el oficio religioso tuviesen que desplazarse hasta Serón.

El 14 de junio de 1888,  la Diputación Provincial de Almería inicia la tutela para la creación del nuevo  Municipio de Alcóntar, nombrando un Ayuntamiento interino que realice todo el proceso hasta que se lleven a cabo, finalmente, elecciones municipales.  El Ayuntamiento se constituye el día 17, siendo presidido por el alcalde interino D. José Mesas Molina, actuando como secretario D. Justo Oliver y Oliver.  El resto de los señores del Ayuntamiento fueron: D. Antonio Domene Domene Sánchez (primer teniente de alcalde), D. José Blanque Domene (segundo teniente de alcalde), D. José Antonio García García (procurador síndico), D. Francisco Castaño Domene, menor (procurador síndico suplente), D. Manuel Pérez Yélamos (primer concejal), D. Antonio Loaisa Lozano (segundo concejal) y D. Diego Herrero Yélamos (tercer concejal).

                                Primer Ayuntamiento interino de Alcóntar, 2º semestre de 1888

El 9 de noviembre, la Comisión de Fomento de la Diputación Provincial de Almería, formada por los diputados D. Francisco Flores Grima, D. Aureliano Requena y D. Emilio Gómez, emite informe favorable para que se segregue, del término de Serón, la parte correspondiente de las diputaciones a que alega el recurso.   A la vista de este informe, y en sesión de 10 de noviembre de 1888, la Diputación, presidida por  el Gobernador Civil D. Justo Tovar y Tovar, acuerda aprobar la segregación del término de Alcóntar del Municipio de Serón.  Al mismo tiempo insta a que se aplique el artículo 6 de la Ley Municipal: “los interesados señalarán las nuevas demarcaciones de terrenos y practicarán la división de bienes, aprovechamientos, usos públicos, sin perjuicio de los derechos de propiedad  y servidumbres públicas y privadas existentes”. 
El acta de la reunión aparece firmada por el Sr. Tovar y los diputados Sr. Casinello y Sr. Requena.


Parte del acta donde la Diputación Provincial de Almería aprueba la segregación
   (10 de noviembre de 1888)

En las sesiones de 23 y 24 de diciembre de 1888, el Ayuntamiento de Alcóntar ratifica al Sr. Mesas Molina como alcalde, nombrando distintas comisiones. Entre ellas, se constituye  la Comisión de Hacienda, encargada de elaborar el proyecto de Presupuesto de Alcóntar para el bienio 1888-1889, y la Comisión de Deslinde formada por el propio alcalde y los concejales  D. Antonio Domene  Domene  Sánchez y D. José Antonio García  García.

Paralelamente, el Ayuntamiento de Serón, en sesión de 2 de mayo de 1889, faculta a su hombre de confianza, D. Antonio Herrerías Herrerías, para que se desplace a las oficinas provinciales de Almería e inste a la Diputación para que “en evitación de perjuicios y entorpecimientos ulteriores, tenga efecto, cuanto antes, la designación fija de límites entre la jurisdicción de Serón y la que ha de pertenecer a Alcóntar”.

El proceso de deslinde y amojonamiento se lleva a cabo los días 17, 18 y 19 de junio, siendo supervisado por  D. José  María Muñoz y Calderón, persona designada por la Diputación.  El 27 de junio, el Gobernador Civil  aprueba, definitivamente, el deslinde entre las nuevas jurisdicciones.

En 1889, el Depositario del Ayuntamiento de Alcóntar era D. Diego Mesas Pérez

Al proceso de segregación aún le quedaban flecos pendientes por resolver, entre ellos, el reparto de la riqueza, aspecto complicado para poner de acuerdos a ambos municipios.  Ante la renuncia, el 22 de julio de 1889, del secretario Sr. Oliver, el Ayuntamiento  de Alcóntar nombra, como secretario interino, a D. Pedro Martínez López, persona que abandona el cargo el 9 de agosto. Estaba claro que se necesitaba un secretario con experiencia, buen asesor y con el compromiso de estar varios años en el Municipio. En mi opinión,  el alcalde José Mesas Molina hizo un buen fichaje al proponer como Secretario a D. Fermín Cobos Cano, persona que hasta final de mayo había ejercido en Serón.

Como el Ayuntamiento de Serón se retrasaba en pasar, al Ayuntamiento de Alcóntar, los antecedentes estadísticos referentes a Alcóntar junto con el cupo de consumos y la parte proporcional del repartimiento de inmuebles, el 23 de septiembre se comisiona al secretario, Sr. Cobos, para que se desplace a Almería y realice las gestiones oportunas tanto en la Diputación como ante el Sr. Delegado de Hacienda. En su ausencia, la labor de secretario la realizaría su hijo, D. Fermín Cobos López, que actuaba como oficial de la Secretaría. Sin las certificaciones correspondientes del Ayuntamiento de Serón, el nuevo Municipio de Alcóntar no podía formalizar el apéndice de amillaramiento (catálogo de los bienes y rentas de los contribuyentes) y, por tanto, no podían recaudar nada. Este proceso se cerraría bien entrado 1890.

Quiero terminar indicando que, en pleno  proceso de segregación, el Gobierno de España publica el Real Decreto de 30 de agosto de 1889 por el que se insta a todos los municipios a hacer la actualización de sus líneas divisorias  junto con la ratificación o  fijación de mojones. Para ello, cada Ayuntamiento debía constituir comisiones de seguimiento y verificación, enviando  el acta final tanto al Gobernador Civil como al Delegado de Hacienda de la provincia respectiva.

Alcóntar constituye su comisión el 7 de octubre de ese mismo año, quedando formada por el alcalde  José Mesas Molina, el secretario Fermín Cobos Cano, los concejales Antonio Domene Domene y Manuel Blanque Requena y los peritos-vecinos  Manuel Corral López y Francisco Lozano Lorente,  conocedores de los puntos en que radican los límites de éste término jurisdiccional.

La comisión empieza a actuar el 21 de octubre, a las 9 de la mañana, en la zona de Los Santos, quedando citadas las comisiones de Serón y la de Alcóntar a las 9 de la mañana para ratifican el mojón divisorio de Gérgal, Serón y Alcóntar.  Ese mismo día la comisión de Alcóntar  baja hasta el río de Aldeire, pasando después por la Hoya del Cerrico Clavero, Cortijo Martín, Cerro de los Corzos hasta terminar en el Collado Hermosa.  El proceso de renovación de mojones se completa los días 22, 23 y 24 de octubre, enviando el acta definitiva el 4 de diciembre de 1889.

                         Acta final del proceso de renovación de mojones llevado a cabo por Alcóntar, 
                                    de conformidad con el Real Decreto de 30 de agosto de 1889

Referencias:
1.      Actas de sesiones del Ayuntamiento de Alcóntar.
2.     Actas de sesiones del Ayuntamiento de Serón.
3.     Archivo Histórico Provincial de Almería (deslinde y amojonamiento de Alcóntar, 1889).
4.     Archivo  Provincial de la Diputación de Almería (segregación de Alcóntar, acta sesión 10-11-1888).

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